El fallo establece que el comunicador utilizó su profesión para fabricar noticias falsas y favorecer al grupo delincuencial.
La Sala de Casación Penal de la Corte confirmó la sentencia de 50 meses (4 años y 2 meses) de prisión por el delito de concierto para delinquir, que ya había sido impuesta por el Juzgado 45 Penal del Circuito de Bogotá. La investigación, que abarca hechos ocurridos entre 2007 y 2008, demostró que Rubio “desbordó los límites de la protección constitucional de su oficio” al diseñar una “estrategia comunicacional que implicaba inventarse fuentes, las declaraciones, difundirlas en televisión y presionar autoridades para favorecer a una organización criminal”. La Corte reprochó que un periodista actúe como “propagandista o asesor de comunicaciones de una organización criminal para dedicarse a minimizar, a esconder o a disimular sus actividades delictivas”. Según el fallo, Rubio colaboró para ocultar los delitos de la agrupación, como el porte de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas, y asesoró a la estructura ilegal para desprestigiar a las autoridades, fabricando denuncias sobre falsos positivos. La decisión judicial ordena dar cumplimiento a la sentencia de primera instancia, que incluye la concesión de prisión domiciliaria, y librar la orden de captura correspondiente.