y Helisur S.A.S.

vulneraban derechos colectivos como el goce de un ambiente sano, la tranquilidad y la seguridad de los residentes de múltiples veredas, entre ellas La Piedra, Bonilla y El Morro. El alto tribunal determinó que estas actividades funcionaban en áreas prohibidas por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del municipio. Como resultado, el fallo impone medidas estrictas: el helipuerto del hotel Los Recuerdos debe ser trasladado en un plazo de seis meses a una ubicación que cumpla con las normativas, o será clausurado definitivamente. Además, se ordenó el cierre inmediato del punto de aterrizaje conocido como "La Piedra" por su impacto sonoro. Mientras se realiza el traslado, los vuelos se restringirán a un horario de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.

Esta decisión representa una importante victoria para la comunidad, que durante años luchó para que se respetara su calidad de vida frente a un modelo de turismo invasivo, sentando un precedente sobre la necesidad de equilibrar el desarrollo económico con el bienestar de los habitantes y la protección del entorno.