La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ha emitido una nueva resolución que regula las condiciones laborales de los perros de seguridad en Colombia, estableciendo límites a sus jornadas y exigiendo garantías para su bienestar. Esta medida representa un avance significativo en la protección de los derechos de los animales utilizados en labores de vigilancia. La normativa, que surge en el marco de la Ley 2454 de 2025, conocida como la “Ley Lorenzo”, establece jornadas laborales máximas para los caninos. Aquellos dedicados a la detección de sustancias como narcóticos o explosivos no podrán trabajar más de seis horas diarias, mientras que los perros de defensa controlada o acompañamiento tendrán un límite de ocho horas.
Esta regulación busca corregir situaciones de abuso documentadas en el pasado, donde algunos animales eran sometidos a jornadas extensas sin descanso ni control sanitario adecuado.
Además de la limitación horaria, las empresas de seguridad que empleen caninos deberán renovar sus autorizaciones anualmente. Para ello, tendrán que presentar certificados que validen la salud, el entrenamiento y la aptitud de cada animal. La resolución también prohíbe explícitamente los métodos de adiestramiento violentos. Un aspecto clave de la nueva norma es la obligación de las empresas de contar con un plan para el retiro responsable de los perros una vez que terminan su vida útil, así como disponer de garantías financieras que aseguren su bienestar durante la jubilación. El superintendente Larry Álvarez señaló que, si bien el objetivo a largo plazo es la sustitución de estos animales por tecnología, la prioridad actual es garantizarles condiciones dignas.
En resumenColombia ha dado un paso importante en el bienestar animal con la nueva regulación para perros de seguridad, que limita sus horas de trabajo y exige a las empresas garantizar su salud y un retiro digno. La medida, impulsada por la “Ley Lorenzo”, busca corregir abusos y asegurar un trato ético a estos caninos mientras cumplen sus funciones.