En cuanto a los plazos, el calendario introduce ajustes importantes.

La declaración de renta para personas jurídicas correspondiente al año gravable 2025 se deberá presentar entre mayo y julio de 2026, un cambio respecto a los plazos de abril y junio del año anterior. Para las personas naturales, la temporada de declaración y pago de renta se extenderá del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, organizada según los dos últimos dígitos del NIT.

Los vencimientos para el IVA, tanto bimestral como cuatrimestral, también han sido ajustados. Los expertos tributarios recomiendan a los contribuyentes revisar detalladamente el nuevo calendario y actualizar sus sistemas contables para asegurar el cumplimiento oportuno y evitar sanciones por extemporaneidad.