El Gobierno redujo el monto máximo exento de IVA para importaciones de bajo valor, conocidas como 'minimis', de 200 a 50 dólares. Esta modificación, incluida en el Decreto 1474 de 2025 expedido bajo la emergencia económica, significa que cualquier producto importado a través de tráfico postal o envíos urgentes cuyo valor supere los 50 dólares (aproximadamente 187.000 pesos) deberá pagar el IVA del 19%.

Anteriormente, este beneficio aplicaba para compras de hasta 200 dólares.

La justificación oficial del Gobierno para este cambio es que "el incremento acelerado del comercio minorista (retail) digital durante los últimos años, se ha traducido en un aumento del costo por la exención del IVA a los minimis". La medida busca, por tanto, aumentar el recaudo fiscal proveniente de un sector en plena expansión y, potencialmente, nivelar las condiciones de competencia con el comercio local, que sí está sujeto al pago de este impuesto. El cambio impactará directamente el bolsillo de miles de consumidores colombianos que se han acostumbrado a adquirir productos de tecnología, moda y otros bienes a través de estas plataformas globales, aprovechando precios competitivos y la exención tributaria. A partir de enero de 2026, los compradores deberán incluir el costo del IVA en sus presupuestos para compras que superen el nuevo y reducido umbral.