Reficar, por su parte, argumenta que dicho gravamen carece de sustento legal, ya que opera bajo un régimen especial de zona franca donde no aplican derechos arancelarios convencionales y el Ministerio de Minas y Energía nunca estableció una base gravable previa, un requisito del Estatuto Tributario. Ante la amenaza de un embargo que, según la empresa, paralizaría sus operaciones en un máximo de once días, Reficar interpuso una acción de tutela. Como resultado, el Juzgado Segundo de Familia de Cartagena ordenó a la DIAN abstenerse de ejecutar medidas de cobro coactivo hasta que la jurisdicción contenciosa administrativa decida sobre la legalidad del cobro. La situación escaló al punto que la Procuraduría General de la Nación convocó una mesa técnica urgente, advirtiendo que el pleito podría generar embargos por más de 11 billones de pesos y un impacto total de hasta 22 billones sobre el patrimonio público, poniendo en riesgo la estabilidad financiera de Ecopetrol.