Quienes no presenten su declaración a tiempo se exponen a una sanción por extemporaneidad, que equivale al 5% del valor del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso.
Esta multa aplica incluso si la declaración no arroja un valor a pagar.
La normativa establece una sanción mínima para el año 2025 de $498.000, por lo que, aunque el cálculo de la multa sea inferior, el contribuyente deberá pagar este monto como mínimo. Además de las multas, el no cumplimiento puede generar intereses moratorios y restricciones en trámites financieros, como la solicitud de créditos bancarios. La DIAN ha recomendado a los contribuyentes que, si olvidaron presentar su declaración, lo hagan de manera voluntaria lo antes posible para mitigar el impacto de la sanción. Una vez finalizados los plazos, la entidad activará sus mecanismos de control y fiscalización, lo que podría derivar en procesos de cobro coactivo para los omisos.













