El cumplimiento oportuno y correcto de las obligaciones tributarias es fundamental para los contribuyentes en Colombia, ya que los errores o retrasos pueden acarrear severas sanciones por parte de la DIAN. La normativa establece penalidades específicas para diferentes tipos de incumplimientos, como la extemporaneidad, la corrección de declaraciones y la inexactitud en los datos reportados. Una de las sanciones más comunes es por extemporaneidad, que se aplica al presentar una declaración después de la fecha límite. Esta equivale al 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, con un tope del 100% del impuesto.
Sin embargo, existe una sanción mínima, fijada en 10 UVT para 2025 (aproximadamente 498.000 pesos), que se aplica cuando el cálculo de la penalidad resulta inferior a este monto. Esta sanción mínima es aplicable en la mayoría de los casos, incluyendo correcciones que aumentan el impuesto a pagar o disminuyen el saldo a favor, y por no declarar. La DIAN también impone sanciones por inexactitud, que pueden llegar hasta el 160% del mayor valor del impuesto a cargo si no se responde a los requerimientos de la entidad. Alexander Grajales, de Grupo Soluciones Legales, advierte que muchas irregularidades no son por evasión, sino por fallas técnicas en el cumplimiento electrónico, y que las sanciones por errores en reportes pueden alcanzar hasta 7.500 UVT (318 millones de pesos). No actuar ante una notificación de la DIAN puede derivar en intereses moratorios y procesos de cobro coactivo, incluyendo el embargo de cuentas y bienes.
En resumenLos contribuyentes colombianos se enfrentan a un estricto régimen de sanciones por incumplimientos tributarios. Desde la sanción mínima por extemporaneidad hasta multas millonarias por inexactitud en los reportes, la normativa busca asegurar la precisión y puntualidad en las declaraciones, con consecuencias económicas significativas para quienes cometen errores u omisiones.